Registro de Asociaciones
¿Para qué inscribirse en el Registro de Entidades?
Dicho registro permite a los vecinos conocer el nº de asociaciones y colectivos sin ánimo de lucro existentes en Olloki, sus fines, su representatividad y fomentar el asociacionismo.
¿Quiénes pueden solicitar la inscripción en el Registro?
Todas las asociaciones ciudadanas y colectivos sin ánimo de lucro cuyo objeto sea la defensa, fomento o mejora de los intereses generales o sectoriales del municipio y, en particular, las asociaciones de padres y madres de alumnado, las entidades culturales, deportivas, recreativas, juveniles y cualquier otra similar que ejerzan sus actividades dentro del Valle de Esteribar.
Las asociaciones deberán estar inscritas previamente en el Registro General de Asociaciones del Gobierno de Navarra y, como personas jurídicas que son, tener su C.I.F. (Código de Identificación Fiscal) expedido por la Hacienda Foral.
¿Dónde y cuándo se puede solicitar?
Dejamos una enlace directo para facilitar el acceso. Registro Asociaciones
Documentación necesaria
- Instancia general, firmada por el/la Presidente/a o Secretario/a.
- Acta Fundacional: 2 ejemplares originales y firmados por las personas fundadoras de la asociación, o por sus representantes, en caso de personas jurídicas. Además:
- Si los fundadores fueran personas físicas: Fotocopias de los documentos oficiales que acrediten la identidad de los mismos (solamente en el caso en que los mismos no hubieran firmado el consentimiento de consulta y verificación en el Acta).
- Si hubiera algún menor no emancipado mayor de 14 años entre los fundadores, se adjuntará documento acreditativo del consentimiento de la persona que deba suplir su capacidad, aportando fotocopias de los documentos oficiales que acrediten la identidad de ambos (solamente en el caso en que los mismos no hubieran firmado el consentimiento de consulta y verificación).
- Si los fundadores fueran personas jurídicas, se adjuntará declaración responsable de la persona física que ostenta la representación, en la que se identificará a dicha persona jurídica y se acreditará su voluntad de constituir la Asociación, se deberán aportar, además, copias de los documentos oficiales que acrediten la identidad del representante y del representado (solamente en el caso en que no hubieran firmado el consentimiento de consulta y verificación).
- Estatutos: 2 ejemplares originales firmados al final por los socios fundadores.
- Notas para las Apymas.
- Notas para los clubes de fumadores.
- Resguardo carta de pago de la tasa de inscripción.
- Si el domicilio/sede social no pertenece a la Asociación o a alguno de los fundadores declaración responsable del Presidente/a en la que conste que la Asociación tiene título bastante en derecho para utilizar el inmueble como sede o domicilio social.